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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación exige acreditación de ENAC para notificar a los organismos de evaluación que quieran operar conforme a la normativa europea sobre productos fertilizantes

ENAC se encuentra ya en disposición de recibir solicitudes de acreditación de organismos que quieran acreditarse conforme al reglamento europeo en materia de productos fertilizantes

El pasado año, el Parlamento Europeo aprobó el Reglamento (UE) 2019/1009, por el que se establecen disposiciones relativas a la puesta a disposición en el mercado de los productos fertilizantes UE. En consecuencia, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado recientemente el Real Decreto 568/2020, que designa a la autoridad notificante en materia de productos fertilizantes.

Este real decreto recoge que los organismos de evaluación que quieran ser notificados por el Ministerio y, por tanto, operar conforme a la normativa europea sobre productos fertilizantes, deberán estar previamente acreditados por ENAC según la norma UNE-EN ISO/IEC 17065.

En concreto, en el real decreto se establece que, para convertirse en organismo notificado, “el organismo de evaluación de la conformidad deberá cumplir la norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012 o la que pueda sustituirla en el futuro. (…) La evaluación y la supervisión de estos organismos de evaluación de la conformidad se realizarán por el organismo nacional de acreditación de conformidad con el Real Decreto 1715/2010, por el que se designa a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) como organismo nacional de acreditación” en España.

Los evaluadores que busquen convertirse en organismos notificados en materia de fertilizantes pueden enviar ya su solicitud a ENAC, contactando con Elisa Gredilla, jefa del departamento Agroalimentario y BPL de ENAC, por medio de la dirección de correo electrónico egredilla@enac.es.