Instalaciones fotovoltaicas: nuevos servicios acreditados

Huecos de tensión fotovoltaica

Con la aprobación del Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, las instalaciones fotovoltaicas que formen parte de agrupaciones de potencia superior a 2 MW deben cumplir con lo establecido en el procedimiento de operación P.O. 12.3. “Requisitos de respuesta frente a huecos de tensión de las instalaciones de producción de Régimen Especial”, aprobado mediante resolución de 4 de octubre de 2006 por la Secretaría General de Energía.

De forma semejante a lo realizado en el sector eólico, el sector fotovoltaico ha desarrollado, en colaboración con los agentes implicados, el ANEXO III “Instalaciones Fotovoltaicas” del PVVC "Procedimiento de verificación, validación y certificación de los requisitos del PO 12.3 sobre la respuesta de las instalaciones eólicas y fotovoltaicas ante huecos de tensión”, que establece la necesidad de que actúen laboratorios de ensayo y entidades de certificación de producto o entidades de inspección acreditados por ENAC, para evaluar lo allí establecido y garantizar el cumplimiento del P.O. 12.3.

Dos laboratorios de ensayo (SGS Tecnos, S.A. y la Fundación Tecnalia Research & Innovation) cuentan ya con la acreditación para la medida y evaluación de la respuesta de los Sistemas de Conversión Fotovoltaicos (SCFV) ante huecos de tensión, conforme a las condiciones establecidas en el apdo. 5 del citado Anexo III.

Para más información: egiraldo@enac.es