Primeras acreditaciones para etiquetado facultativo de carne de cordero y cabrito

La Reglamentación aplicable a la carne procedente de las diferentes especies ganaderas establece para los productos comercializados en la Unión Europea dos tipos de etiquetado:

• El “etiquetado obligatorio”, que debe incluir necesariamente la información, que concreta la propia reglamentación, que garantice su trazabilidad (desde la pieza de carne hasta el animal concreto del que procede)
• El “etiquetado facultativo”, de carácter voluntario. Su objetivo es permitir a los etiquetadores facilitar otros datos, distintos de los establecidos para el etiquetado obligatorio, que proporcionen al consumidor información sobre otras características o condiciones de producción, tales como la raza, la edad, la alimentación –pasto, cereales, leche- o la categoría del animal. Estas menciones deben ser objetivas y demostrables.

Para poder incluir estas indicaciones adicionales en el etiquetado de la carne que comercialicen con su logotipo, los operadores deben presentar un pliego de condiciones del producto, en el que indique las menciones que piensa utilizar así como los controles y acciones que ha establecido para garantizar su veracidad. El pliego debe ser aprobado por la autoridad competente y controlado por una entidad de certificación acreditada conforme a la norma EN 45011.

Actualmente 10 entidades cuentan con acreditación para la certificación del etiquetado facultativo de carne de vacuno, dos de ellas además para el de aves de corral. A éstas se han sumado recientemente las primeras acreditaciones para la certificación, de acuerdo con la Guía para el etiquetado facultativo de carne de cordero y cabrito aprobada por la Resolución 19/12/2011 de la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Además, varias entidades de certificación han solicitado la acreditación para este esquema, por lo que se prevé que próximamente los operadores que comercializan las carnes de cordero y cabrito podrán disponer de suficiente número de entidades acreditadas.

Para más información: pperez@enac.es