Calidad de servicio en los puertos: tres nuevos referenciales se incorporan a la certificación acreditada de servicios portuarios
La modificación de la ley de Puertos (Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, en la redacción dada por la Ley 33/2010, de 5 de agosto) ha abierto el esquema de certificación que viene funcionando ya desde hace años a cualquier organización prestataria de un servicio portuario, incorporándose al mismo los servicios de practicaje, remolque, amarre y desamarre, y de recepción de desechos generados por buques.
En consecuencia se amplían los posibles beneficiarios de la bonificación en tasas portuarias ligada a la certificación de estos servicios.
Los Referenciales de Servicio en los puertos del estado establecen una serie de características de calidad para los prestadores de un servicio portuario. Puertos del Estado es responsable de elaborar y aprobar los Referenciales de Servicio Genéricos que, posteriormente y en colaboración con las Autoridades Portuarias, son adaptados a la realidad de cada puerto mediante la elaboración de los Referenciales de Servicio Específicos, y cuyo cumplimiento debe ser evaluado por una entidad de certificación acreditada por ENAC.
Estas nuevas actividades se han incorporado a los alcances de acreditación de las entidades de certificación acreditadas para certificar de acuerdo con los referenciales de Servicios de Puertos del estado (www.enac.es)
Para más información rcanovas@enac.es
